En una gran número de casos, cuando ponemos nuestra vivienda a la venta, esta mantiene una carga por la compra financiada, la hipoteca.
Este hecho no impide en modo absoluto su puesta a la venta, y a su vez la resolución de la carga existente, liquidando la misma.
Hoy en este artículo vamos a plantear las diversas posibilidades que tenemos para su finiquito.
a) Subrogación de la hipoteca: En este supuesto, se transmite la hipoteca al comprador, con la aprobación de la entidad bancaria, pasando a ser este el deudor del importe pendiente de pago y sus mensualidades, quedando el mismo registrado como deudor de la misma.
b) Cancelación de la hipoteca con venta a un precio inferior al de compra. En este caso el importe de la venta se destinará íntegramente al pago de la hipoteca, y la diferencia restante se convierte en un nuevo préstamo personal, quedando el vendedor obligado a su pago.
c) Cancelación de la hipoteca por un precio más elevado al de compra: Dado el importe de la venta una parte del mismo se destina a la cancelación de hipoteca, quedando el monto restante como beneficio obtenido por la parte vendedora.
d) Hipoteca puente: Este supuesto queda reservado para aquellas operaciones en las que realizamos la venta de nuestra vivienda habitual, y a su vez compramos un nuevo inmueble. En el periodo de tiempo que transcurre entre la compra de nuestro nuevo hogar y se realiza la venta del inmueble, por este procedimiento no pagaremos dos hipotecas, se aunaran ambas, con el resultado de una cuota intermedia más baja que la que supone el pago de dos cuotas.